El Manifiesto de los Persas. 1814

1.- Clasificación:

Nos encontramos ante un texto de carácter histórico circunstancial de tipo político, por tratarse de un fragmento del Manifiesto de los Persas. Su autor es de carácter colectivo, un grupo de diputados y partidarios del Antiguo Régimen encabezados por el futuro marqués de Mataflorida. El destinatario de este documento es de carácter individual, el rey Fernando VII. La finalidad del mismo es solicitar al Monarca la vuelta al Absolutismo y la derogación tanto de la Constitución de Cádiz de 1812 como la obra legislativa de las Cortes desde 1810, ya que consideran que esos años han sido un periodo de anarquía y mal gobierno. Este documento hay que contemplarlo dentro de su contexto histórico. Tras la invasión francesa comenzaba el 2 de mayo de 1808 la Guerra de la Independencia, el 7 del mismo mes se producían las abdicaciones de Bayona. Los españoles no reconocían al nuevo rey y tras la victoria de Bailé, (19 de julio) se formaba en Aranjuez una Junta Suprema Central. Será esta la que convoque las Cortes que se reunirán en Cádiz en 1810, aprobando el 19 de marzo de 1812 una Constitución “La Pepa”. Las derrotas francesa en Vitoria, San Sebastián y San Marcial harán que Napoleón devuelva la Corona de España a Fernando con el acuerdo de Valençay de 1813. Este manifiesto será entregado al Rey en Valencia.

2.- Análisis:

La idea principal de este texto es el deseo de los diputados absolutistas de la reinstauración del Antiguo Régimen en España, sistema de gobierno basado en el poder absoluto del rey y de la monarquía de origen divino. Por ello comunican al Monarca que tras su exilio en Francia se han producido importantes cambios políticos en el país donde las Cortes son las depositarias de la Soberanía Nacional, legislando de una forma contraria a los usos y costumbre propios del régimen político del siglo XVIII. La Constitución de Cádiz hace referencia a este concepto de Soberanía Nacional, desarrollado en la Ilustración por Montesquieu, además se establecía una división de poderes: Ejecutivo (el Rey y sus secretarios), Legislativo (Las Cortes) y judicial (reconociendo dos jurisdicciones especiales para el Ejército y la Iglesia).

Por ello en el texto los redactores son partidarios de la monarquía absoluta, solamente limitada por la ley divina y los usos y costumbres de la Nación, como defendieron pensadores como Hobbes o Bossuet. En España esta forma de gobierno fue introducida por la casa de Borbón y su primer rey Felipe V, el cual aplicó a los antiguos territorios de la Corona de Aragón los Decretos de Nueva Planta derogando sus fueros, leyes y privilegios. 
 
Solicitan finalmente la derogación de la Constitución de 1812 considerando que al no haber sido aprobada por el rey Fernando VII carece de valor alguno. El Rey apoyado por el general Elio decretará poco después (4 de mayo) la revocación de la Carta Magna “Como si nada hubiese pasado” tras lo que enviaría al general Eguía a Madrid con la orden de detener a los diputados y miembros de la regencia Liberales. Comenzaría un periodo de 6 años (1814-1820) conocido como el sexenio absulutista.